El Instituto Nacional para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP) fue creado para resguardar bienes confiscados durante investigaciones. Sin embargo, las bodegas de esta dependencia se han llenado en su lugar de regalos para el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Entre algunos de los objetos que se le dieron al mandatario se encuentran libros, un par de muñecos de María y José, una bola de béisbol, guantes para bateo, una placa para automóvil que dice “AMLO 2021”, un cuadro grabado en vidrio con la leyenda “AMLO, el mejor Presidente de México” y hasta seis pinturas en acuarela del Presidente.
Pese a que se tratan de obsequios, la información presentada por las autoridades dice que por Ley deben ser puestos a disposición de las autoridades de administración y enajenación de bienes para su venta, donación o destrucción.
De acuerdo al artículo 7, 40 y 52 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas establece que los servidores públicos no deben aceptar obsequios de cualquier persona u organización con motivo del ejercicio de sus funciones para sí ni para sus cónyuges, concubinos o parientes y mucho menos si son de contratistas o proveedores del Gobierno federal. De no devolverlos, se considera una falta grave administrativa y se hacen acreedores a una sanción e incluso inhabilitación.
“Aunque un pequeño regalo no debiera ser motivo de alarma, estamos muy sensibles con la historia de corrupción que hemos tenido en este país”, dijo Iván Gidi, director de la Organización Nacional Anticorrupción (ONEA).
Otro de los artefactos que destaca es una fotografía con un mensaje de apoyo, un muñeco de cartón de López Obrador y un cuadro de “La Agonía de Jesús en el Huerto de los Olivos”. Incluso han enviado una réplica de metal del “Space Needle”, una torre en Seattle, Washington; un juego de rompecabezas artesanal de Puebla; una botella de mezcal “El Bacanora 49”; un juego de lotería de plantas medicinales; y un cuaderno artesanal con la figura de un jaguar de Chilapa, Guerrero.
Por su parte, el INDEP aseguró que no recibe dinero, metales preciosos, bienes con valor artístico o histórico, armas de fuego, drogas, flora y fauna protegida ni demás bienes prohibidos. Además, se resaltó que todo lo que llega se da venta, donación o destrucción de estos regalos otorgados a funcionarios públicos.
El artículo 66 de la Ley de Responsabilidades Administrativas considera un soborno por parte del particular u organización si se busca un beneficio independientemente de si se recibe o no. “Incurrirá en soborno el particular que prometa, ofrezca o entregue cualquier beneficio indebido a una o varias personas servidoras públicas, a cambio de que éstas realicen o se abstengan de realizar un acto relacionado con sus funciones”, dice la Ley.